martes, 15 de marzo de 2011

Decálogo contra la corrupción

5 de Marzo de 2011

 
El Mundo: UPyD propone que la Sindicatura de Cuentas pueda sancionar a la administración
UPyD publica un decálogo de medidas contra la corrupción que ahoga la política balear
 
Palma, 4 de marzo de 2011
 
En su programa electoral, Unión Progreso y Democracia (UPyD) propone una batería de medidas para combatir la corrupción:
 
1.-.Volver a la tradicional figura de la intervención previa (antes de realizar el gasto) y a las advertencias de ilegalidad de secretarios e interventores. Si esta fiscalización previa de legalidad es negativa, el gasto debería quedar paralizado
 
2.-Reforzar la imparcialidad y la independencia de los interventores, secretarios y tesoreros, potenciando la importancia de sus informes. Sus plazas deberían adjudicarse siempre por concurso de méritos, evitando en lo posible que lo sean por libre designación. UPyD defenderá el desarrollo en los ayuntamientos de las Islas de un régimen estatutario para los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional (secretarios, interventores y tesoreros) similar al de los Interventores de la Administración del Estado, para que puedan controlar con plena autonomía al órgano objeto de control.
 
3. Fortalecer la Inspección de Servicios, destinada a asegurar la eficacia y racionalidad organizativa y el cumplimiento de la normativa administrativa, así como la Intervención, destinada a velar por la eficiencia y legalidad del gasto público.
 
4. Modificar la ley 4/2004 de la Sindicatura de Cuentas para reforzar el papel de los síndicos según los siguientes criterios:
 
a) su función no sólo debe ser consultiva sino que deben tener poder sancionador y capacidad para emprender acciones judiciales si hallan indicios de delito;
 
b) se les debe dar más independencia en relación a los partidos políticos; y
 
c) los alcaldes deben estar obligados a entregar las cuentas so pena de que puedan ser sancionados con no recibir ayudas de la comunidad autónoma o de los consells insulares.
 
5. Sustituir los cargos de libre designación por funcionarios de carrera siempre que sea posible.
 
6. Gracias a las nuevas tecnologías como internet, todos los ciudadanos pueden acceder a información pública que hasta ahora estaba reservada a la clase política. De este modo el ciudadano puede conocer y valorar las decisiones de los políticos. Por ello, UPyD propone la creación de cuatro bases de datos (registros) de acceso público donde puedan consultarse:
 
a) todos los puestos de trabajo del personal eventual tanto de las distintas administraciones como de sus empresas públicas respectivas, con la identidad personal de cada puesto de trabajo, su salario, méritos, retribuciones, jornada laboral, etc.;
 
b) todas las subvenciones, directas o por concurso público, concedidas por las administraciones y respectivas empresas públicas, permitiendo la búsqueda tanto por emisores como por perceptores. Dicha base de datos deberá reflejar claramente tanto el fin de la subvención como los mecanismos para comprobar su correcto uso. También se publicarán las subvenciones inferiores a los 3.000 €, excluidas de la publicidad a día de hoy. Este registro ha sido una recomendación reiterada de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares;
 
c) todos los estudios financiados con fondos públicos, encargados a terceros externos a la administración, con los datos del expediente de contratación que no estén sujetos a secreto comercial; y
 
d) todos los convenios de las administraciones con empresas privadas.
 
7.- Condicionar las subvenciones a que las asociaciones que las reciban demuestren autonomía financiera por sus propios medios, de modo que las ayudas totales recibidas no sobrepasen nunca el 50% de su presupuesto ordinario.
 
8.- Habilitar un Registro de "actividades profesionales coincidentes". Todo político y todo profesional (al igual que sus cónyuges, convivientes o personas con parentesco hasta el segundo grado) que ejerza un cargo en una institución pública o en una empresa pública harán constar sus actividades profesionales y participaciones en empresas cuya actividad coincida total o parcialmente con la propia de la institución o empresa pública que gestione. Asimismo, se adaptará la normativa de incompatibilidades, con las correcciones necesarias, aplicadas a los altos cargos del Estado y de la Administración autonómica e insular, a concejales y alcaldes, extendiéndose a estos últimos por tanto, durante los dos años siguientes a su cese, la prohibición de trabajar para empresas de un determinado nivel de contratación con la entidad local durante el periodo en que se desempeñó el cargo.
 
9. Cambiar radicalmente la gestión de las empresas públicas en lo referente a:
 
a) personal: la contratación del personal se realizará por procedimientos públicos de igualdad de méritos y capacidad, con transparencia en las percepciones salariales y por otros conceptos
 
b) directivos: se nombrarán gerentes de empresas públicas a profesionales, no políticos electos, que se responsabilicen del equilibrio presupuestario de las mismas y de la calidad de productos o servicios ofrecidos
 
c) se aplicarán a las empresas públicas, entidades de derecho público, institutos y fundaciones de las mismas normas de transparencia económica y acceso a la información que al resto de la administración.
 
10.- Incapacitar a todo cargo de libre designación para la participación en mesas de contratación de la CAIB, los consells insulares, y los ayuntamientos, así como de todas las empresas públicas. Solo podrán participar funcionarios de carrera, y en las actas serán públicos los votos particulares.

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